Resumen
Este artículo analiza de forma integral las reformas aplicadas en 2025 al tratamiento aduanero de envíos internacionales de bajo valor y peso en Ecuador, con especial énfasis en el régimen 4×4 (mensajería acelerada) y el nuevo régimen 2×2 (paquetería postal). Se examinan los cambios introducidos por la Resolución No. 006-2025 del Comité de Comercio Exterior (COMEX) y el Decreto Ejecutivo No. 82 del 9 de agosto de 2025, junto con sus repercusiones en el comercio electrónico, la percepción ciudadana y la equidad en el cobro de tributos. El análisis incluye antecedentes normativos —como la reforma arancelaria de 2014 y la eliminación de la tarifa en 2021— para comprender la lógica y la evolución de estas decisiones. Finalmente, se reflexiona sobre los desafíos futuros en relación con el comercio informal, la competitividad de actores formales y la capacidad del Estado para equilibrar control aduanero con acceso equitativo a bienes y servicios globales.
¿Qué son realmente el régimen 4×4 y el nuevo 2×2? En el marco del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), el Estado ecuatoriano reconoce dos regímenes de excepción para la importación de mercancías de bajo valor y peso: el tráfico postal (Art. 164) y la mensajería acelerada o Courier (Art. 165).
El tráfico postal corresponde a envíos internacionales administrados exclusivamente por el operador postal público de cada país que sería Correos del Ecuador y este es regulado por convenios internacionales, principalmente el de la Unión Postal Universal. Este canal es, por naturaleza, más económico, aunque más lento y con menos trazabilidad en comparación con la mensajería acelerada.
En Ecuador, los envíos internacionales de bajo valor y peso se gestionan bajo dos regímenes: la mensajería acelerada 4x4, a cargo de empresas privadas con mayor rapidez y control, y el tráfico postal 2x2, operado por el servicio postal público con costos menores pero menor trazabilidad. Las reformas de 2025 buscan equilibrar la tributación y evitar distorsiones entre ambos canales, imponiendo aranceles y límites específicos para cada régimen.
Por su parte, el régimen 4×4 de mensajería acelerada permite envíos de hasta 4 kilogramos y 400 dólares de valor por paquete, gestionados por empresas privadas autorizadas como DHL, FedEx, UPS o servicios nacionales como Servientrega, Laarcourier Express y Expresito Carga. Su principal ventaja radica en la rapidez y la trazabilidad en cada etapa del proceso, aunque con un costo más elevado y un control aduanero más estricto.
Ambos regímenes han sido objeto de debate en torno a su impacto sobre el comercio electrónico, la recaudación fiscal y la protección de la industria nacional. La diferencia en operadores, costos y límites ha sido una constante fuente de tensiones normativas, especialmente cuando los consumidores no distinguen entre las dos modalidades y perciben un trato desigual.
¿Qué cambios introdujo la reforma de 2025? La Resolución No. 006-2025 del COMEX que entró en vigencia el 16 de junio, estableció un arancel fijo de 20 dólares por cada envío bajo el régimen 4×4, manteniendo el límite anual de importaciones para uso personal en 1.600 dólares por persona. Esto significa que un consumidor puede recibir varios paquetes durante el año, pero sumando el valor total no puede exceder dicho límite sin entrar a un régimen de importación distinto.
En paralelo, el Decreto Ejecutivo No. 82 firmado el 9 de agosto de este año, modificó drásticamente el régimen de tráfico postal. Antes de esta reforma, los envíos por Correos del Ecuador estaban exentos de tributos si no superaban los dos kilogramos y 200 dólares de valor. Tras el cambio, la exoneración se aplica solo para envíos de hasta dos kilogramos y dos dólares, lo que en la práctica grava la gran mayoría de compras postales internacionales.
El efecto combinado de estas medidas fue eliminar la ventaja tributaria que tenía la paquetería postal frente a la mensajería acelerada. Hasta 2025, un mismo producto comprado en el exterior podía ingresar libre del pago de impuestos si se enviaba por Correos del Ecuador, mientras que enviarlo por Courier implicaba pagar el arancel fijo de 20 dólares.
¿Por qué el gobierno decidió modificar ambos regímenes simultáneamente?
El argumento central fue la búsqueda de equidad tributaria y la eliminación de distorsiones. Según la versión oficial, muchos consumidores y pequeños comerciantes utilizaban el canal postal para evitar el pago del arancel del 4×4, incluso cuando se trataba de mercancías idénticas en valor y peso. Esta práctica generaba un tratamiento desigual y afectaba la recaudación fiscal.
Adicionalmente, se planteó que el régimen 4×4 estaba siendo utilizado de manera intensiva para actividades comerciales no declaradas, lo que distorsionaba la competencia y afectaba al comercio formal. El gobierno presentó la reforma como una medida correctiva destinada a proteger a los importadores que cumplen con sus obligaciones tributarias y a garantizar condiciones más equitativas entre los diferentes canales de ingreso de mercancías.
Las reformas 2025 al régimen 4x4 y 2x2 buscan equilibrar la tributación y cerrar vacíos legales que permitían elusión fiscal, evitando que consumidores y pequeños comerciantes ingresen mercancías por correo postal sin pagar aranceles. Sin embargo, el aumento de costos y restricciones podría incentivar prácticas informales, afectar la trazabilidad de productos y generar riesgos para la seguridad sanitaria, evidenciando la tensión entre control aduanero y acceso al comercio electrónico.
¿Se trataba de cerrar un vacío legal o de un cambio en la política comercial?
En la práctica, ambas cosas. El vacío legal se encontraba en la posibilidad de ingresar mercancías de hasta 200 dólares por vía postal sin pagar tributos, lo que incentivaba a algunos importadores a fraccionar envíos y declararlos bajo este régimen, evitando el canal Courier y su arancel. Un portavoz del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador expuso el caso de un usuario en Quito que importo a través de Servicios Postales del Ecuador $20.000 en vitaminas, sin que el estado haya podido percibir tributos y mal usando el espíritu del régimen de tráfico postal.
Sin embargo, la decisión también responde a un cambio más amplio en la política comercial y aduanera, que oscila entre aperturismo y proteccionismo según el contexto económico. La restricción al régimen postal no solo corrige un desequilibrio normativo, sino que también busca según el gobierno reforzar el control sobre flujos de mercancías, combatir la competencia desleal hacia la producción nacional y reducir la defraudación aduanera y subvaloración.
¿Cómo reacciona la ciudadanía frente a estos cambios?
Las reacciones han sido diversas y, en algunos casos, opuestas:
- Perspectiva crítica: para muchos consumidores, el cambio encarece de forma desproporcionada el acceso a productos no disponibles localmente, como repuestos, insumos médicos específicos o artículos tecnológicos de nicho. Argumentan que la medida afecta sobre todo a la clase media y a pequeños emprendedores que dependen de importaciones puntuales.
- Perspectiva favorable: sectores vinculados a la producción nacional y ciertos gremios de comercio consideran que el cambio era necesario para evitar la elusión y que representa un paso hacia la formalización de importaciones.
- Perspectiva intermedia: algunos reconocen que era necesario igualar el trato entre Courier y correo, pero cuestionan la forma abrupta y el bajo umbral de exoneración postal, que prácticamente grava cualquier compra exterior.
¿Qué enseñan las reformas de 2014 y 2021 sobre este tema?
En 2014, la Resolución No. 23 del COMEX fijó un arancel de 42 dólares para el régimen 4×4, con un límite anual de cinco envíos y hasta 1.200 dólares por persona, manteniendo intacta la exoneración postal. Esta decisión generó protestas ciudadanas y debates sobre su impacto en el comercio electrónico.

Las reformas 4×4 y 2×2 de 2025 buscan equilibrar control aduanero y equidad tributaria, reintroduciendo un arancel de $20 y restringiendo el canal postal; no obstante, podrían aumentar la informalidad y encarecer productos, evidenciando la necesidad de integrarlas en una estrategia de comercio exterior más amplia.
En 2021, la Resolución No. 006-2021 eliminó ese arancel y los límites anuales, con el objetivo declarado de fomentar el comercio electrónico y la recuperación económica post pandemia. Esto provocó un crecimiento acelerado del uso del 4×4, pero también un incremento de casos de uso con fines comerciales no declarados.
En 2025, el péndulo volvió hacia un mayor control: reintroducción del arancel (aunque menor, de 20 dólares) y fuerte restricción al canal postal. Esta secuencia histórica revela una tensión constante entre la necesidad de controlar y la de facilitar el comercio electrónico.
¿Podrían estas medidas incentivar la informalidad?
Existen indicios de que el incremento de costos y trámites podría fomentar prácticas informales como el uso de “maleteros o Couriers” en los aeropuertos del país, usando mal el régimen de efectos personales de viajero en las salas de arribo, y esto abre el contrabando en fronteras y las compras grupales sin declaración aduanera, y la evasión tributaria. Estas prácticas no solo reducen la recaudación fiscal, sino que afectan la trazabilidad de mercancías y generan riesgos de ingreso de productos falsificados o sin control sanitario.
Asimismo, la imposición de costos fijos a envíos de bajo valor puede desalentar la compra directa en plataformas internacionales y favorecer intermediarios informales que concentran pedidos para reducir costos por unidad, operando fuera del marco legal.
Conclusión: ¿equilibrio o retroceso?
Las reformas 4×4 y 2×2 de 2025 representan un intento por armonizar regímenes aduaneros y cerrar vacíos legales que generaban trato desigual. No obstante, la experiencia previa y el contexto socioeconómico advierten que, sin políticas complementarias de fortalecimiento productivo, incentivos a la formalización y educación del consumidor, estas medidas pueden derivar en resultados opuestos a los esperados: incremento de la informalidad, encarecimiento de productos y menor acceso al comercio electrónico internacional.
El verdadero desafío no está solo en la norma, sino en su integración dentro de una estrategia de comercio exterior que equilibre la protección de la producción nacional con la necesidad de mantener un mercado abierto, dinámico y competitivo.
Referencias
Decreto Ejecutivo 82-2025, 9 agosto 2025, “reforma al reglamento al título de la facilitación aduanera para el comercio del libro V del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones”
Resolución no. 006-2025 Comité de Comercio Exterior, 02 de junio de 2025
Resolución no. 005-2021, Comité de Comercio Exterior, 15 de junio 2021